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Diferencias entre matrimonio y pareja de hecho.

Seguro que alguna vez te has preguntado que diferencias hay entre casarse o ser pareja de hecho ¿qué es mejor? ¿qué implica a nivel legal?

En nuestra sociedad está muy arraigada la tradición del matrimonio, muchas parejas se casan de forma tradicional pero también es cierto que muchas parejas deciden que no quieren casarse ni por la iglesia ni por el ámbito civil.

El matrimonio está regulado por una normal estatal, el Código Civil, que lo define como “la unión estable y permanente de dos personas del mismo o diferente sexo”.

La unión de hecho o pareja de hecho la definió el Tribunal Supremo como la unión libre, pública y estable de dos personas con independencia de su orientación sexual, siempre que guarden entre sí una relación afectiva análoga con el matrimonio.

Matrimonio y pareja de hecho son iguales en el sentido que describen la convivencia afectiva de dos personas, aunque las implicaciones jurídicas y derechos que comportan son un poco distintos.

Te voy a explicar a grandes rasgos 4 diferencias:

1. Si has celebrado una boda y tu matrimonio está inscrito en el Registro Civil del lugar donde se celebró, te puedes divorciar o separar matrimonialmente.

Si convives con tu pareja y piensas separarte, no se llama divorcio, sino regulación de medidas de pareja de hecho.

2. Si tienes hijos estos están protegidos con los mismos derechos tanto si te has casado como si convives como pareja de hecho.

La diferencia que existe es a nivel de procedimiento judicial, pero las medidas y derechos de los hijos son los mismos.

3. Al matrimonio se le aplica un régimen económico matrimonial que marca la ley y qué básicamente puede ser el régimen de gananciales o de separación de bienes. Que a tu matrimonio se le aplique un régimen económico u otro tiene implicaciones económicas en caso de divorcio.

A la pareja de hecho en caso de ruptura no se le aplica ningún régimen económico, ni gananciales ni separación de bienes.

4. En el matrimonio la ley  regula derechos de compensación económica para la persona desfavorecida en caso de divorcio o separación matrimonial.

En la pareja de hecho existen comunidades autónomas donde también está regulada esta compensación económica son : Baleares, Aragón, Cantabria , Cataluña, Navarra y País Vasco.

En el  resto de España resulta de aplicación el Código Civil, donde no está previsto este derecho, aunque si la pareja de hecho está debidamente inscrita y previa valoración del caso se puede reclamar al juez decida si procede o no el derecho a esta compensación

Ahora ya sabes a grandes rasgos las diferencias entre casarse o ser pareja de hecho, si tienes mas dudas sobre este tema o necesitas asesoramiento para tu caso particular, aquí me tienes para ayudarte.

 

 

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Fuensanta Ocaña

Fuensanta Ocaña es abogada y mediadora, autora del Blog Vivir Sin Conflictos dónde asesora a mujeres y hombres en la toma de decisiones difíciles de pareja y familia.

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